Inicio Delegaciones Propone Arnulfo Silva fiscalización obligatoria y trimestral para funcionarios municipales en San...

Propone Arnulfo Silva fiscalización obligatoria y trimestral para funcionarios municipales en San Quintín

107
0

El regidor presentó una iniciativa «de obvia y urgente resolución» para comprometer a los directores de dependencias a rendir cuentas periódicas ante el Cabildo

San Quintín, BC.— Con el objetivo de endurecer los controles de transparencia y terminar con los espacios de opacidad en la administración municipal, el regidor Arnulfo Silva Martínez, propuso una modificación al Reglamento Interior del Ayuntamiento para introducir la obligación regulatoria de emitir informes trimestrales de actividades por parte de los titulares de todas las dependencias. 

La iniciativa, remitida con carácter de «obvia y urgente resolución» a la Secretaría General del Ayuntamiento, busca reformar el artículo 95 del marco reglamentario vigente, facultando de manera directa a los presidentes de las comisiones dictaminadoras para auditar e inspeccionar de forma periódica los avances programáticos y presupuestales de la gestión municipal. 

«Las Comisiones del Ayuntamiento constituyen órganos fundamentales para el estudio, análisis, vigilancia y supervisión de la Administración Pública Municipal, por lo que requieren contar con información suficiente, oportuna y actualizada para el adecuado desempeño de sus atribuciones», señala el documento en su exposición de motivos.

Hasta el momento, la normativa vigente obligaba a los funcionarios a proporcionar información y comparecer ante el Cabildo únicamente bajo requerimientos especiales y coyunturales, fijando un plazo de respuesta de tres a diez días hábiles. Sin embargo, carecía de una estructura de fiscalización constante que permitiera medir el cumplimiento físico y financiero de las metas y políticas públicas en periodos regulares. 

De aprobarse la reforma propuesta por Silva Martínez, quien actualmente encabeza la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura, los directores municipales estarán obligados a remitir por escrito un informe pormenorizado en un plazo idéntico (no menor a tres ni mayor a diez días hábiles tras la notificación formal), pero enfocado en los rubros específicos de «asuntos, programas, acciones, metas y resultados» vinculados a la comisión solicitante.

Por esto, el Cambio Normativo al Artículo 95 indica que se adiciona la obligación de rendir un informe trimestral sobre el estado que guardan los asuntos, programas, acciones, metas y resultados relacionados con el ámbito de la Comisión solicitante, cuando el Presidente de esta lo requiera por escrito a través de la presidenta o presidente del Ayuntamiento. 

Silva Martínez puntualizó que este mecanismo no pretende entorpecer ni burocratizar el funcionamiento regular de las oficinas operativas del gobierno local, sino dotar a los ediles de elementos estadísticos y documentales contundentes para detectar áreas de oportunidad, corregir ineficiencias y formular políticas que mejoren directamente los servicios públicos.

Bajo este contexto, la propuesta fue remitida a la Secretaría General para dar continuidad a los trámites reglamentarios y la posterior notificación obligatoria a los titulares de las dependencias centralizadas y paramunicipales para su debido proceso legislativo.