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Reiteran el llamado a las empresas «no esenciales» para que suspendan actividades

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Afirma la STPS que están obligados a cubrir el salario integral en los plazos regulares de pagos de nómina

Autoridades del Gobierno del Estado refrendaron su llamado a las empresas consideradas “no esenciales” para que suspendan actividades y dispongan el “resguardo domiciliario” de sus trabajadores, cubriendo el salario integral en los plazos regulares de pago de nómina.

En esta medida, inspectores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social están intensificando sus supervisiones por la premura para implementar la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por Fuerza Mayor emitida el 31 de marzo pasado, según lo informó el titular de la STPS, Sergio Moctezuma Martínez López.

Señaló que inspectores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado (STPS), apoyados por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), intensificarán la supervisión en empresas con actividades «no esenciales», para generar las respectivas «clausuras» y garantizar el pago de 30 días de salario íntegro a los trabajadores, ante la contingencia sanitaria por el coronavirus.

Refirieron que el llamado es a los empleadores de aquellos centros de trabajo que no deben estar laborando en estos momentos, para que acaten las disposiciones oficiales enmarcadas en la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por Fuerza Mayor, emitida por el Gobierno federal, el pasado 31 de marzo, vigente hasta el 30 de abril en curso.

En su intervención, el titular de la STPS reiteró que, apegados al Plan de Contingencia, la instrucción es aplicar acciones determinantes a las empresas con actividades «no esenciales»; por lo que los inspectores han encabezado con intensidad los operativos en todos los municipios de Baja California, emitiendo los avisos de suspensión.

Ejemplificó el caso de una empresa ubicada en la colonia Altiplano en Tijuana, dedicada a la fabricación de persianas, que una vez notificada por parte de la autoridad, procedió al «resguardo domiciliario» de sus trabajadores y les aseguró los 30 días de salario íntegro.

Comentó que ya se tiene una estrategia definida con los gobiernos municipales para «meter mano dura a las empresas»; además, recordó que el transporte de personal en aquellas empresas con actividades «esenciales», debe pasar por un proceso de limpieza y desinfección, mismo llamado, al transporte público, para que incluso reduzca el número de pasajeros.

Las empresas con actividades esenciales, deben enviar a «resguardo domiciliario» a personas mayores de 60 años, embarazadas o mujeres en periodo de lactancia, personas con discapacidad, con enfermedades crónicas no transmisibles; y con algún padecimiento o tratamiento farmacológico.

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