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Propone diputado establecer vigencia de actas de nacimiento

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En la Codificación Civil para el Estado, no existe ningún artículo en el que se prevea con claridad el periodo de vigencia

Ante la falta de certeza y quejas de la ciudadanía respecto a la vigencia de las actas de nacimiento, el diputado Julio César Vázquez Castillo, presentó una iniciativa que reforma el artículo 74 del Código Civil para el Estado de Baja California.

El acta de nacimiento es uno de los documentos que por excelencia brinda la principal identificación y reconocimiento de las y los ciudadanos, por lo que es uno de los documentos más solicitados para la realización de trámites ante diversas dependencias gubernamentales, escolares, laborales, etc.

En la exposición de motivos, el legislador inicialista explica que al analizar la Codificación Civil para el Estado, se advierte que no existe ningún artículo en el que se prevea con toda claridad el periodo de vigencia de las actas de nacimiento, por lo que no existe certeza jurídica y, por consiguiente, no tienen vigencia alguna. De igual forma dentro de la Ley Orgánica del Registro Civil del Estado de Baja California, tampoco existe regulación normativa en relación a su vigencia.

Cabe señalar que hoy en día, se tiene la posibilidad de obtener copias certificadas de las actas de nacimiento por medios electrónicos, mismas que contienen todos los datos exigidos por la Ley, y que tienen la misma validez que las obtenidas en las ventanillas del Registro Civil.

Es por lo anterior, y ante el reclamo justificado de la ciudadanía por la falta de certeza respecto a la vigencia de las copias certificadas de las actas de nacimiento, dada la necesidad de presentar dicho documento para diversos trámites, por ser un requisito indispensable, es que se propone la presente iniciativa de reforma y clarificar mediante la inclusión precisa de la vigencia de este documento tan importante.