En los consejos pueden participar hasta seis representantes ciudadanos
En cumplimiento al compromiso de impulsar un gobierno progresista e incluyente, el XXIV Ayuntamiento de Ensenada reitera que el Reglamento de las Entidades Paramunicipales no limitará la participación de la ciudadanía.
Durante la trasmisión del Programa “Presidente en Línea”, el alcalde Armando Ayala Robles recordó que este nuevo reglamento fue aprobado en la primera sesión extraordinaria realizada el pasado 1 de octubre.
Armando Ayala recalcó la importancia de que la comunidad se informe sobre el contenido de dicha normatividad, y haga caso omiso a quienes aseguran que se anulará la participación de la ciudadanía en los consejos de las paramunicipales.
“Un líder de una cámara empresarial aseguró que el reglamento en mención, reducirá la presencia de ciudadanos en los órganos de gobierno. Pero, con base en lo establecido en el Reglamento, puede haber hasta seis representantes de organismos sociales en los consejos”, apuntó.
El regidor Artaban Novoa Velázquez, presidente de la Comisión de Administración Pública y Fortalecimiento Municipal, explicó que en el artículo 24 del Reglamento de las Entidades Paramunicipales, establece que:
Artículo 24.- Los integrantes propietarios del Órgano de Gobierno se integrarán de la forma siguiente:
I. El Presidente Municipal, quien presidirá el órgano de Gobierno
II. Tres Regidores, Presidentes de las Comisiones relacionadas a la actividad del organismo.
III. El Titular de la Dependencia Coordinadora del Sector al que pertenece la paramunicipal.
IV. Dos Servidores Públicos titulares de la Administración Pública centralizada o paramunicipal que formen parte del Sector.
V. Dos representantes de organismos sociales de la ciudad
Precisó que, posteriormente, en el artículo 27, se establece que: La integración del Órgano de Gobierno podrá presentar variaciones conforme al Reglamento respectivo de cada Paramunicipal, pero por ningún motivo se podrá disminuir el número establecido en el artículo 24 del presente reglamento, y tampoco podrá exceder de 13 miembros en total.
Artaban Novoa puntualizó que partiendo de que los consejos no deben de rebasar los 13 integrantes, se puede incluir hasta seis representantes sociales relacionados con la actividad de cada paramunicipal.
“El artículo 24 enumera a nueve integrantes fijos en cada consejo; y, el artículo 27 establece que se pueden incluir más, siempre y cuando no se rebase el límite de 13 miembros. Lo que deja disponibles cuatro espacios que pueden ser ocupados por ciudadanos, más los dos establecidos en el artículo 24, estaríamos en posibilidad de que haya hasta seis consejeros ciudadanos”, apuntó.
El edil reiteró que la finalidad de este reglamento es regular el actuar de las paramunicipales; así como, homologar la designación de titulares y sumar a estas entidades, a las líneas de acción de los diversos ejes que conforman el Plan Municipal de Desarrollo 2021-2024.
Añadió que el reglamento contempla la sectorización de las paramunicipales, es decir, con base en su función se agruparán en los sectores de: Bienestar Social; Planeación y Desarrollo Económico; y, Desarrollo Urbano.
“El objetivo principal de este gobierno es trabajar de la mano con la comunidad. Los organismos sociales y ciudadanía en general pueden participar en los consejos de las paramunicipales cuando se renueven; o bien, en las actividades que continuamente promueve el Copladem”, aseveró.