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Detienen a 77 personas por conducir alcoholizadas en Ensenada

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Implementaron filtros preventivos en distintos puntos de la ciudad.

Como resultado del Operativo Alcoholímetro implementado en Ensenada, personal de la Dirección de Seguridad Pública Municipal arrestó a un total de 77 personas aseguradas por conducir bajo los influjos de bebidas embriagantes.

El comandante de Tránsito Municipal, Pedro Antonio Lemus Camacho, dio a conocer que como parte de dichas acciones preventivas, oficiales elaboraron 167 boletas de infracción, de las cuales dos fueron por permitir que acompañantes consumieran bebidas embriagantes a bordo del vehículo.

Detalló que los filtros aleatorios se instalaron en distintos puntos de la ciudad tales como bulevar Costero y Rotario, carretera Transpenisular en la delegación Maneadero, colonia Popular 1989, Esmeralda y Costa bella y en la Zona Centro, con el apoyo de la policía campestre, Turística, un juez calificador y un médico legista.

Asimismo, remolcaron 98 unidades móviles de los tripulantes que andaban bajo el influjo de bebidas embriagantes, así como de los que -además de no traer placas regulares-, no traían consigo la tarjeta de circulación o licencia de conducir, sin poder comprobar la propiedad de dichos autos.

A las y los automovilistas que les sorprendieron -por primera vez- cuando transitaban en estado de ebriedad, les aseguraron preventivamente, sancionaron y trasladaron a las instalaciones de la corporación local para su resguardo, indicó el oficial.

Lemus Camacho exhortó a la población a contribuir con la seguridad, evitando conducir bajo los influjos de bebidas embriagantes u otras sustancias, utilizando el cinturón de seguridad y silla para infantes, así como manteniendo sus documentos en regla.

Del Reglamento de Tránsito Municipal de Ensenada

Artículo 41.- Se prohíbe a toda persona conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de substancias tóxicas, de alguna droga, o de substancias enervantes, los casos a que se refiere este ordenamiento y para los efectos de este Reglamento, se considera que una persona se encuentra en estado de ebriedad cuando exista un certificado médico que así lo asevere.

Artículo 40.- Queda estrictamente prohibido ingerir bebidas de graduación alcohólica en el interior de los vehículos en movimiento o estacionados, el conductor o sus compañeros.

Artículo 27.- Para conducir un vehículo en el Municipio de Ensenada, será necesario estar en pleno uso de sus facultades físicas y mentales, portar la licencia correspondiente o el documento que le supla y que ampare precisamente la operación del vehículo de que se trate.

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