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Secundarias optan por clases virtuales para evitar riesgos no cubiertos en el seguro escolar en San Quintín

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A corto plazo aplicaría para doce planteles de la zona escolar XVI

Por: Victor Uziel González Ceseña / Península BC

San Quintín.- Al menos doce secundarias del municipio de San Quintín optaron por impartir clases virtuales a partir del martes 03 de febrero tras denunciar limitaciones y falta de certeza con la cobertura actual del seguro escolar.

“Actualmente el seguro escolar de nuestros alumnos tiene muchas limitaciones y no se puede implementar con certeza para cualquier incidencia que llegara a ocurrir en las instalaciones o trayectos que recorren nuestros estudiantes”, especifica un documento emitido por los directivos de la Zona Escolar XVI.

Señalan que la medida fue adoptada de manera “preventiva y responsable” para priorizar la integridad de los estudiantes. Ante esto, afirman que se mantendrán en esa modalidad mientras “no se corrijan o amplíen” los criterios de atención por parte de la Secretaría de Educación.

En el mismo documento, refieren que en todo el municipio existe solo una clínica para la atención de 216 escuelas, lo cual es insuficiente para la atención completa de quienes lo requieran.

En medio de este panorama, tienen previsto que los docentes informen oportunamente los horarios de conexión a través de la plataforma Classroom, así como las actividades respectivas a realizar.

Secundarias confirmadas: 85 de San Quintín, 105 de Camalú, 36 TM Vicente Guerrero, 36 TV Vicente Guerrero , 41 del Rosario, 212 la 13 de Mayo, 113 el Zapata, 35 TV Lázaro Cárdenas, 35 TM Lázaro Cárdenas, 114 Sánchez Diaz y 91 Villa Jesús María.

Criterios de procedencia de siniestros con el seguro escolar

De acuerdo con información divulgada por la propia Secretaría de Educación de baja California, hay incidentes que no serán considerados procedentes ni estarán sujetos a la cobertura del seguro escolar.

  • Insolación, golpes de calor o cualquier padecimiento derivado de exposición ambiental, al tratarse de condiciones de carácter médico.
  • Eventos relacionados con bullying, acoso escolar, riñas o agresiones intencionales, al no constituir accidentes y encontrarse excluidos por implicar actos dolosos o conductas deliberadas.
  • Lesiones inducidas, provocadas intencionalmente, autolesiones o cualquier evento simulado o generado con dolo.
  • Desmayos, mareos, crisis o pérdidas de la conciencia que no deriven directa e inmediatamente de un accidente cubierto.

En ese sentido, especifican que “todo siniestro que no cumpla estrictamente con la definición de Accidente Escolar y con los lineamientos de la póliza será improcedente, sin excepción, independientemente de la gravedad del evento o del lugar donde ocurra”.