Aprobaron por unanimidad durante su sesión extraordinaria
MEXICALI, BC. – El Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó el acuerdo mediante el cual establecen las previsiones para salvaguardar los recursos del partido político Fuerza por México Baja California (FXMBC) y los intereses de orden público, así como los derechos de terceros, de conformidad con el artículo 10, numeral 2, del Reglamento del IEEBC en materia de partidos políticos locales.
Lo anterior, en virtud de que como resultado de la jornada electoral celebrada el 2 de junio dentro del Proceso Electoral Local 2023-2024, los cómputos distritales arrojaron que FXMBC no consiguió el 3% de la votación emitida, ubicándose en el supuesto de pérdida de registro.
En ese sentido, notificaron a FXMBC el inicio del periodo de prevención, debiendo su dirigencia, candidaturas, administradores y representantes legales sujetarse a las obligaciones establecidas en los artículo 23, 24 y 25 del Reglamento.
Para esto, solicitaron que se abstengan de realizar transferencias de recursos o valores a favor de sus dirigentes, militantes, simpatizantes o cualquier otro tercero, así como entregar de manera formal al interventor, a través del acta de entrega-recepción, el patrimonio del partido político para fines de liquidación.
Cabe señalar que existen reglas y procedimientos que deben cumplirse cuando un partido político local se encuentra dentro de uno de los supuestos que pudieran determinar la pérdida de su registro. Dichos supuestos, traen como consecuencia que el partido político debe ser intervenido por un especialista en materia contable, auditoría o fiscalización, designado por el Secretario Ejecutivo, con la finalidad de preservar los intereses de orden público y los derechos de terceros que deben ser tutelados.
Bajo tal contexto, de conformidad con el artículo 10, numeral 2, del Reglamento, durante el periodo de prevención, el Consejo General podrá establecer las previsiones necesarias para salvaguardar los recursos del partido político y los intereses de orden público, así como los derechos de terceros. Sin embargo, queda ambiguo el alcance de “previsiones necesarias”, de ahí que le corresponde al Consejo General fijar las mismas.
Por ello, es necesario prevenir el mal uso del patrimonio con que cuenta FXMBC, resultando indispensable tomar las previsiones enlistadas párrafos arriba y dotar al interventor de mayor control sobre los recursos de los que dispone el partido político mediante la mancomunación de firmas, toda vez que, como se precisó, se han realizado movimientos contables sin la autorización del especialista.
En ese sentido y a fin de tener certeza de que las prerrogativas a las que tiene derecho FXMBC serán utilizadas únicamente, en su caso, para el pago de nóminas e impuestos, así como para gastos indispensables para su sostenimiento ordinario, debe instruirse a la Coordinación de Partidos Políticos y Financiamiento retenga el depósito de las prerrogativas hasta en tanto se le proporcionen las cuentas bancarias mancomunadas a las que deba hacerlo.