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Aprueba Congreso reformas a la Ley sobre Contrato del Seguro

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Solicitan que se remita al Congreso de la Unión para su trámite legislativo

En sesión del Pleno del Congreso, aprobaron el dictamen 125 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, correspondiente a la iniciativa de reforma al artículo 69 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

La propuesta de reforma fue presentada por la diputada Araceli Geraldo Núñez. Tiene como finalidad acotar el actuar de las empresas aseguradoras respecto a la exigencia de información y documentos que deben requerir, a las personas aseguradas o beneficiarias, ante el suceso de un siniestro y por tanto, se reclame el cumplimiento de lo establecido en la póliza contratada.

Al realizar el análisis de la propuesta, la Comisión consideró jurídicamente procedente la reforma planteada por la inicialista, refiriendo que, en la práctica y ante el hecho de una eventualidad las compañías aseguradoras solicitan a las personas aseguradas o beneficiarias documentación o información excesiva que en muchas ocasiones no tiene relación directa con los hechos que originan el siniestro.

Analizado lo anterior, esta Comisión advierte de manera clara que la propuesta legislativa motivo del presente estudio se funda en disposiciones constitucionales previstos en los artículos 39, 40, 43, 71 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con relación directa a las disposiciones de los artículos 4, 5, 11, 13 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.

La iniciativa de reforma a la Ley Sobre el Contrato de Seguro, para quedar como sigue: “toda aquella información o documentación que requiera la empresa aseguradora al asegurado o beneficiario que no se relacione de manera directa con los hechos que ocasionaron el siniestro o guarden relación directa con el mismo, no será obligatoria proporcionarla por parte del asegurado o beneficiario”.

Además, solicita se remita al Congreso de la Unión la iniciativa para su trámite legislativo correspondiente.