Referente al proceso para la declaración AVGM, las estrategias para atenderla y el término para emitir órdenes de protección
La diputada Michel Sánchez Allende presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la finalidad de fortalecer el proceso para que se declare la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) y las estrategias para atenderla, además de armonizar el término para emitir órdenes de protección.
La legisladora subrayó que, resulta trascendental para miles de niñas, adolescentes y mujeres que enfrentan riesgos de distintas magnitudes, que atentan contra su integridad, seguridad y vida, en espacios públicos, privados o virtuales, el disponer de mecanismos, como la correcta implementación de la AVGM, por tratarse de un mecanismo de emergencia, temporal y subsidiario para la atención, prevención, sanción de las violencias contra las mujeres y las niñas.
En ese sentido, informó que se ha trabajado en el establecimiento de estrategias para atender la declaración de AVGM; la homologación del procedimiento para presentar la solicitud de alerta; ratificación de su carácter extraordinario, urgente e inmediato; establecer un plazo máximo de 45 días naturales para agilizar su aplicación; la coordinación y responsabilidad de los tres niveles de gobierno; conformación de un grupo interinstitucional y multidisciplinario cuando se presente una solicitud de Alerta; y la reducción del término para la emisión de las órdenes de protección de 8 a 4 horas.
“Si bien hemos tenido avances significativos en la materia, las cifras aún son desalentadoras para las mexicanas, datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) muestran que casi el 40 por ciento de la violencia generada contra las mujeres ocurre en la vía pública. Por su parte, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, evidencia que los casos de feminicidio han aumentado de manera significativa”, indicó.
Los datos del seguimiento a los procesos activos de AVGM durante el periodo 2018 a 2020, muestra que 57.1% de las declaratorias no contaban con un dictamen de evaluación, lo que evidenció la necesidad de rediseñar el mecanismo en aspectos como: la ampliación de la participación de las organizaciones de la sociedad civil, la transparencia en el proceso y rendición de cuentas, la determinación del rol de la víctima en el proceso, la inclusión sistemática de una perspectiva intercultural, interseccional y etaria, considerando la situación específica de la poblaciones indígenas y las diversas condiciones de la mujeres.
La AVGM se implementa como un mecanismo emergente que permita dar respuestas oportunas en situaciones graves de violencia, en especial de la violencia feminicida. Al día de hoy se tienen declaradas 25 AVGM en 22 entidades federativas la cuales, a su vez, inciden en 642 municipios con el objetivo de acatar las acciones encaminadas para el fortalecimiento de la materia.
La iniciativa propuesta por la diputada Michel Sánchez, reforma y crea diversos artículos y modifica la denominación del Título Segundo para quedar; “tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, órdenes de protección, refugios para mujeres víctimas de violencia y de la alerta de violencia de género contra las mujeres”, adiciona el Capítulo III denominado “de la Alerta De Violencia De Género Contra las Mujeres” y se recorre el número de los capítulos subsecuentes, a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.