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Propone Rocío Adame equidad de género en integración de Consejo Consultivo de la CEDHBC

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Actualizarán requisitos, proceso y atribuciones de presidente de la Comisión

La diputada María del Rocío Adame Muñoz, Presidenta del Congreso del actual Periodo Ordinario de Sesiones, presentó una iniciativa de reformas por la que plantea una actualización sobre la integración y funciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California y plantea que la conformación de su Consejo Consultivo se ajuste a la paridad de género, mediante la entrada obligatoria a mujeres para que tengan número igual de voz y voto que los hombres.

La legisladora destaca que es fundamental, seguir fortaleciendo la política de igualdad de género en el gobierno, de manera particular mediante la inclusión de mecanismos de lenguaje incluyente y no sexista que reconozcan la actual participación de las mujeres en la titularidad de dependencias de las instituciones públicas.

En específico se propone que la Comisión Estatal de Derechos Humanos se integrará por una presidencia, hasta cinco Visitadores o visitadoras Generales, un secretario o secretaria Ejecutiva, así como el personal profesional, técnico y administrativo que se necesite para el mejor desempeño de sus funciones, observando el principio de paridad de género en su integración.

Adicionalmente y para un mejor desempeño de sus atribuciones, la Comisión Estatal de Derechos Humanos se auxiliará de un Consejo Consultivo que será integrado, bajo el principio de paridad de género, por seis consejeros o consejeras, predominantemente ciudadanos o ciudadanas. Cuando menos cuatro no deberán ocupar ningún cargo o comisión como servidores públicos. Quien presida la Comisión lo será también del Consejo.

Con excepción de la presidencia, los cargos de los integrantes del Consejo tendrán carácter honorífico y serán por dos años, salvo que fuesen propuestos y ratificados para un segundo periodo.

Se destaca que la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos deberá reunir para su elección los siguientes requisitos: No haber sido Fiscal General del Estado de Baja California, Secretario de Seguridad Ciudadana o su equivalente a nivel municipal, Agente del Ministerio Público, miembro de una institución policial estatal o municipal, ni haber desempeñado un cargo de dirección dentro de la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario de Baja California en los cinco años anteriores a su nombramiento.

Prevé establecer además que la elección del Presidente (a), de la Comisión Estatal será por voto de mayoría calificada del Congreso. Quien presida la Comisión será electo por un solo periodo de cuatro años, y únicamente podrá ser removido y sujeto a responsabilidad, por las causas y mediante los procedimientos previstos en la Constitución Política del Estado.