Con reforma al Código Civil busca que el juez a través de la vía incidental pueda dar aviso a las autoridades migratorias
La protección de los derechos de los menores debe ser siempre prioridad, por lo que velar por cerrar las lagunas legislativas que afecten su interés superior y que garanticen plenamente sus derechos humanos, es tarea permanente de nuestra función legislativa, señaló el diputado César Adrián González García.
Así lo indicó al presentar su Iniciativa para adicionar el artículo 319 bis del Código Civil para el Estado de Baja California, que tiene como objeto la restricción de salir del país por incumplimiento de las pensiones alimenticias.
Pretende con dicha iniciativa que, en el momento que un deudor alimentario lleve más de sesenta días de impago de pensión, el juez a través de la vía incidental pueda dar aviso a las autoridades migratorias y solicitar en caso de ser necesario a las autoridades competentes, la restricción de la salida del deudor del territorio nacional, en correlación con el artículo 48, fracción VI de la Ley de Migración.
En su exposición de motivos, mencionó que, la obligación de los padres de proporcionar alimentos a sus hijos e hijas y el correlativo derecho de éstos a percibirlos, es una expresión de solidaridad que deriva de diversos derechos y principios constitucionales orientados a la protección y tutela integral de los niños, niñas y adolescentes.
Destacó que recientemente la Suprema Corte de Justicia emitió una resolución, en la cual determinaron que es constitucional la restricción que se puede imponer para salir del país a personas deudoras alimentaras, al resolver que resulta proporcional dicha medida siempre y cuando medie una debida valoración judicial del caso concreto.
Finalmente, puntualizó que la Corte resolvió en el amparo en revisión 24/2021, que los alimentos, como garantía de un nivel de vida adecuado, son un derecho para los menores de edad, una responsabilidad prioritaria, así como una obligación para sus progenitores, y un deber a garantizar su cumplimiento por parte del Estado.