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Fundamental garantizar la inclusión en la educación de personas con discapacidad

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La diputada Gloria Miramontes presentó una iniciativa que reforma la Ley, para que sea responsabilidad del Ejecutivo Estatal a través de autoridades educativas, dotar de planteles educativos accesibles

Resulta fundamental garantizar en el marco normativo, las condiciones y políticas públicas que permitan trazar las condiciones que maximicen la accesibilidad e inclusión en la educación de las personas con discapacidad, indicó la diputada Gloria Arcelia Miramontes Plantillas, al presentar una Iniciativa que reforma a la Ley sobre la materia.

En su exposición de motivos, resaltó que, la población con discapacidad en Baja California, se encuentra distribuida con un 46.6 por ciento en Tijuana, y 31.7 por ciento en Mexicali, 15.2 por ciento en Ensenada. Asimismo, en Rosarito y Tecate se registra un 2.9 y 3.5 por ciento del total, respectivamente.

Mencionó que su Iniciativa de Ley para las personas con Discapacidad Estatal, tiene por objeto que sea responsabilidad del Ejecutivo Estatal, a través de las autoridades educativas, dotar de los planteles educativos con instalaciones, personal y equipo necesarios y de calidad para la atención de niñas, niños y adolescentes con alguna discapacidad, de acuerdo con su disponibilidad presupuestal.

A mayor abundamiento, sienta un compromiso máximo del Ejecutivo con aquellas personas que se han visto limitadas del apoyo y compromiso de gobiernos anteriores, y que, en efecto, se debe ponderar el cumplimiento y vigilancia de sus derechos, por lo que, no es factible escatimar en apoyos a este sector que día con día reclama la atención y solidaridad, agregó.

Con respecto de la educación como obligación del Estado, citó que la Primera Sala de la SCJN dentro del amparo en revisión 323/2014, estableció que el Estado debe adoptar políticas públicas que permitan a todo ser humano recibir la formación, instrucción, dirección o enseñanza necesarias para el desarrollo armónico de todas sus capacidades cognoscitivas, intelectuales, físicas y humanas.

Esto como elemento principal en la formación de su personalidad y, para hacerlo efectivo tienen que cumplir obligaciones como la capacitación de las personas para participar en una sociedad libre, impartirse por las instituciones o por el Estado de forma gratuita y ajena de toda discriminación.

Asimismo, estableció que la educación debe tener las siguientes características: disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad. Es decir, la Corte determinó que el derecho a la educación es una estructura compleja a cargo de las autoridades con obligaciones impuestas que deben cumplirse, puntualizó.

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