Implementaron filtros preventivos en distintos puntos de la ciudad
Como resultado del Operativo Alcoholímetro de la Policía Municipal, un total de 57 personas fueron detenidas por conducir bajo los influjos de bebidas embriagantes.
El comandante de Tránsito Municipal, Pedro Antonio Lemus Camacho dio a conocer que, como parte de dichas acciones preventivas, oficiales elaboraron 154 boletas de infracción, de las cuales 12 fueron por permitir que acompañantes consumieran bebidas embriagantes a bordo del vehículo.
Detalló que los filtros aleatorios se instalaron en distintos puntos de la Zona Centro y en la delegación de El Sauzal de Rodríguez, con el apoyo de la policía campestre, Turística, un juez calificador y un médico legista.
Asimismo, se remolcaron 73 unidades móviles de los tripulantes que andaban bajo el influjo de bebidas embriagantes, así como de los que -además de no traer placas regulares-, no traían consigo la tarjeta de circulación o licencia de conducir, sin poder comprobar la propiedad de dichos autos.
A las y los automovilistas que les sorprendieron -por primera vez- cuando transitaban en estado de ebriedad, les aseguraron preventivamente, sancionaron y trasladaron a las instalaciones de la corporación local para su resguardo, indicó el oficial.
Para finalizar, Lemus Camacho exhortó a la población a contribuir con la seguridad, evitando conducir bajo los influjos de bebidas embriagantes u otras sustancias, utilizando el cinturón de seguridad y silla para infantes, así como manteniendo sus documentos en regla.
Del Reglamento de Tránsito Municipal de Ensenada
Artículo 41.- Se prohíbe a toda persona conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de substancias tóxicas, de alguna droga, o de substancias enervantes, los casos a que se refiere este ordenamiento y para los efectos de este Reglamento, se considera que una persona se encuentra en estado de ebriedad cuando exista un certificado médico que así lo asevere.
Artículo 40.- Queda estrictamente prohibido ingerir bebidas de graduación alcohólica en el interior de los vehículos en movimiento o estacionados, el conductor o sus compañeros.
Artículo 27.- Para conducir un vehículo en el Municipio de Ensenada, será necesario estar en pleno uso de sus facultades físicas y mentales, portar la licencia correspondiente o el documento que le supla y que ampare precisamente la operación del vehículo de que se trate.